Mi ex tiene la custodia y el uso de la casa. ¿Hasta cuándo tiene derecho a estar en ella?

Mi ex tiene la custodia y el uso de la casa. ¿Hasta cuándo tiene derecho a estar en ella?

En un proceso de divorcio llegar a un acuerdo es una tarea difícil que se complica todavía más cuando hay hijos en común y cuando se tienen propiedades compartidas. En la mayoría de los casos, hay que llegar a un juicio en el cual el juez dicta una sentencia para decidir la custodia de los hijos pero ¿qué ocurre cuando tanto la custodia de los niños como la vivienda quedan en manos de nuestra ex pareja?

Normativa legal

En los artículos 142 y 153 del Código Civil se establece que el deber de alimentos supone todo lo indispensable para el sustento, asistencia médica, vestido y habitación por lo que estamos en la obligación, tanto de manera ascendente como descendente, de cubrir dichas necesidades independientemente de la edad que tengan las personas que dependen de nosotros.

El Código Civil indica en su artículo 96 que, en el caso de que no hubiera acuerdo entre los cónyuges, tanto el uso de la vivienda familiar como los objetos de uso común que en ella permanezcan corresponden a los hijos y al cónyuge o progenitor al que el juez haya asignado la custodia.

La pregunta que surge es ¿hasta qué momento puede permanecer la ex-pareja en el domicilio? El Tribunal Supremo dictó una sentencia en el año 2013 en la cuál se establece que alcanzada la mayoría de edad por los hijos se crea una nueva situación en la que pasa a ser temporal siempre y cuando esté justificada. A partir de este momento los cónyuges pueden plantear cambios en cuanto al uso de la vivienda conyugal y los objetos de uso ordinario que haya en ella.

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