¿Qué gastos pueden reclamarse?
– Gestoría. Suele imponerla el banco, si bien no todos coinciden en que se pueda reclamar este gasto, puesto que consideran que no es necesaria la gestoría para registrar la hipoteca.
– Notario. Antes de llegar al registro, la escritura de la hipoteca, como la de la vivienda, se firma ante notario.
– Registro de la Propiedad, donde se registra la hipoteca.
– El impuesto de actos jurídicos documentados (AJD).
– Tasación de la vivienda. Este gasto es necesario para que nos concedan la hipoteca. No obstante, el banco puede imponer la tasadora.
Si tienes cualquier duda o pregunta, ¡consúltanos! Estaremos encantados de ayudarte con estos trámites.
Comentarios
Los comentarios están cerrados.